El 28 de julio de 2010, la Asociación Nacional de Credit Unions (NCUA, por sus siglas en inglés) y otras agencias federales, publicaron una regla final para implementar los requisitos de registro federal de la ley de cumplimiento seguro y justo sobre las licencias hipotecarias del 2008 (Ley S.A.F.E.). Los requisitos de registro aplican a todos los empleados que actúan en calidad de Originador de Préstamo Hipotecario (MLO, por sus siglas en inglés).
La ley S.A.F.E. requiere que todos los MLOs se registren en el Sistema Nacional de Licencias Hipotecarias y registro (NMLS, por sus siglas en inglés). Una vez registrados, cada MLO recibe un Identificador Único del NMLS. Un MLO debe proporcionar este Identificador Único a cada solicitante de préstamo hipotecario cuando éste es solicitado y antes de que el empleado actúe como un MLO.
A continuación, se incluye un archivo adjunto que incluye la información NMLS sobre cada MLO empleado por el Credit Union.